8 de marzo de 1920, ciudad de Járkov.

De conformidad con la orden a los ejércitos del Frente Suroccidental n.° 156, se establece el siguiente procedimiento para la convocatoria de unidades militares para la realización de trabajos y el cumplimiento de tareas de reconstrucción de la vida económica en el territorio del Frente Laboral Ucraniano.

1. Todas las solicitudes de convocatoria de unidades militares para el cumplimiento de tareas de importancia estatal general, que requieran tanto la aplicación de técnica y conocimientos militares como, en general, la utilización masiva de fuerza de trabajo militar, deben ser presentadas por los órganos económico-industriales locales en el orden de subordinación, a través de los representantes correspondientes que forman parte del Consejo del Ejército Laboral Ucraniano, y exclusivamente con observancia de las siguientes reglas:

a) Las solicitudes de convocatoria de unidades militares para su utilización según el destino deben dirigirse al jefe del Estado Mayor del Ejército Laboral Ucraniano (dirección abreviada: Nashtukrtrudarma). En las solicitudes debe indicarse:

b) Para la ejecución de qué trabajos o tareas se requieren unidades militares.

c) Lugar de trabajo o zona de acción (indicación precisa de la localidad, provincia, distrito, comuna, etc. y la estación o embarcadero más cercano).

d) Disponibilidad de comunicación telegráfica, telefónica y postal.

e) Cantidad de mano de obra necesaria o de fuerza armada.

f) Volumen de trabajo.

g) Por qué plazo se requiere la fuerza militar.

h) Qué especialidad de fuerzas militares es deseable.

i) Condiciones locales de alojamiento y sanidad para el acuartelamiento de unidades militares (detalladamente: vivienda, cocina, baños, grado de aptitud para el acuartelamiento inmediato o reparación necesaria, y en este último caso, quién realizará dicha reparación y en qué plazo se prevé su finalización).

j) Si se dispone in situ de los instrumentos necesarios; en caso negativo, la necesidad de los mismos (cantidad y denominación).

k) Indicación de la dirección exacta a la que debe dirigirse la unidad (ciudad, calle, n.° del edificio y n.° de teléfono).

l) A disposición de quién debe presentarse la unidad militar (denominación de la institución, cargo y apellido de la persona).

m) Si se prevé el trabajo conjunto de unidades militares con obreros contratados, y en caso afirmativo, las condiciones de su mantenimiento (ración, remuneración del trabajo).

n) Quién es la persona responsable de la ejecución de todo el trabajo en su conjunto.

o) A la solicitud debe adjuntarse una nota informativa sobre el plan general de los trabajos, el plazo de ejecución, así como el grado de urgencia de la propia solicitud de fuerza de trabajo militar (urgente, apremiante o corriente).

2. Todas las solicitudes de fuerza de trabajo militar para la ejecución de trabajos de corta duración, poco numerosos y que no tengan importancia estatal general, deben dirigirse por los órganos locales a los jefes de guarnición correspondientes, y al recibir dichas solicitudes, el jefe de guarnición las cumple mediante asignaciones de las unidades militares correspondientes en la medida de la necesidad real y en correspondencia con los efectivos de la guarnición libres del cumplimiento de tareas de combate.

Presidente del Consejo del Ejército Laboral Ucraniano

I. Stalin

Marxismo y modernidad. 2003. N.° 1-2. P. 17.