¡Saludos, camarada Kaganóvich!

Recibí la carta del 24/VII.

1) Si los barcos se pueden comprar con pago no antes de 1934, entonces no me opongo a la compra de barcos.

2) En mi carta hablaba de la compra no de metales no ferrosos, sino de equipamiento para la producción de metales no ferrosos. Esto, como se sabe, no es lo mismo. Creo que en las cifras de control de 1933 la producción de metales no ferrosos ocupará uno de los primeros lugares. Esto tenía en mente al hablar del equipamiento para metales no ferrosos.

3) Creo que sería más conveniente reunir en una sola ley la cuestión de la protección de la propiedad koljosiana y cooperativa, así como de las cargas ferroviarias, con la cuestión de la protección de los propios koljoses, es decir, de la lucha contra aquellos elementos que emplean violencia y amenazas o predican el empleo de violencia y amenazas contra los koljosianos con el fin de obligar a estos últimos a abandonar el koljós, con el fin de la destrucción forzada del koljós. La ley se puede dividir en tres secciones, de las cuales la primera sección tratará sobre las cargas ferroviarias y del transporte fluvial con la designación de la sanción correspondiente, la segunda sección tratará sobre los bienes (la propiedad) koljosianos y cooperativos con la sanción correspondiente, y la tercera sección tratará sobre la protección de los propios koljoses frente a la violencia y las amenazas por parte de elementos kulaks y otros antisociales, indicando que los delitos de este tipo serán castigados con prisión de 5 a 10 años con posterior reclusión en campo de concentración por un período de 3 años y sin derecho a la aplicación de amnistía. Creo que en los tres puntos hay que actuar sobre la base de la ley ("al campesino le gusta la legalidad"), y no sobre la base de la mera práctica de la OGPU; con esto, es claro que el papel de la OGPU aquí no solo no se verá disminuido, sino al contrario, se verá reforzado y "ennoblecido" ("sobre base legal" y no "por arbitrariedad" actuarán los órganos de la OGPU).

En cuanto a la lucha contra los especuladores y revendedores tanto en los bazares y mercados como en el campo, aquí se necesita una ley especial (y aquí también será mejor actuar en virtud de la ley), que, haciendo referencia a la ley anterior sobre el comercio koljosiano, donde se habla de la erradicación de los revendedores y especuladores, prescriba a los órganos de la OGPU deportar a los especuladores y revendedores a campos de concentración por un período de 5 a 8 años sin derecho a la aplicación de amnistía.

¿Está claro?

En este espíritu hay que modificar mis propuestas expuestas en las cartas anteriores.

4) Se producen barbaridades con el abastecimiento de metal al Tractor de Stalingrado, al AMO y a la Fábrica de Automóviles. Es una vergüenza que los charlatanes del Comisariado de Industria Pesada aún no se hayan dignado organizar el abastecimiento. Que el CC tome de inmediato bajo su control continuo las fábricas que abastecen de acero al STZ, al AMO y a la Fábrica de Automóviles ("Octubre Rojo", etc.) y liquide esta brecha. Es hora de empezar a exigir responsabilidades a la dirección de las fábricas obligadas a abastecer de acero a las empresas de tractores y automóviles. Si Ordzhonikidze arma escándalo, habrá que tacharlo de rutinario podrido que apoya en el Comisariado de Industria Pesada las peores tradiciones de los desviacionistas de derecha.

5) Les envío la carta de Kavtaradze. Creo que deben convocarlo y ayudarlo.

¡Saludos!

I. Stalin.

26/VII

Stalin y Kaganóvich. Correspondencia. 1931-1936. Pp. 245-246.

RGASPI. F. 81. Op. 3. D. 100. L. 1-7.