El Comité de Defensa del Estado establece que las unidades del Ejército Rojo en las batallas contra los invasores alemanes en la mayoría de los casos mantienen en alto el gran estandarte del poder soviético y se comportan satisfactoria y a veces heroicamente en la defensa de su tierra natal de los ladrones fascistas.

Sin embargo, junto a esto, el Comité de Defensa del Estado debe admitir que los comandantes individuales y los soldados rasos muestran inestabilidad, pánico, vergonzosa cobardía, arrojan las armas y, olvidando su deber para con la Patria, violan flagrantemente sus juramentos, se convierten en un rebaño de ovejas que huyen despavoridas del enemigo.

Al mismo tiempo que concede honor y gloria a los valientes combatientes y comandantes, el Comité de Defensa del Estado considera necesario tomar las medidas más estrictas contra los cobardes, los presos del pánico y los desertores.

El alarmista, el cobarde y el desertor son peores que el enemigo, pues no sólo socavan nuestra causa, sino que también difaman el honor del Ejército Rojo. Por lo tanto, es nuestro deber sagrado tomar medidas enérgicas contra los alarmistas, cobardes y desertores y restablecer la disciplina militar si queremos mantener sin mancha el gran rango de soldado del Ejército Rojo.

Sobre esta base, el Comité de Defensa del Estado, por recomendación de los comandantes en jefe y de los comandantes de frentes y ejércitos, detuvo y juzgó por un tribunal militar por cobardía indigna del rango de comandante, inacción, falta de disposición, descomposición de la gestión de las tropas, entrega de armas al enemigo sin lucha y abandono no autorizado de las posiciones de combate:

1) el antiguo comandante del Frente Occidental, general de ejército Pavlov;

2) el antiguo jefe del Estado Mayor del Frente Occidental, el general de división Klimovskikh

3) el antiguo jefe de comunicaciones del Frente Occidental, general de división Grigoriev

4) el antiguo comandante del 4º Ejército del Frente Occidental, general de división Korobkov

5) el antiguo comandante del 41º Cuerpo de Fusiles del Frente Noroccidental, el general de división Kosobutsky

6) el antiguo comandante de la 60ª División de Fusiles de Montaña del Frente Sur, el general de división Selikhov (correctamente - Salikhov. -

Ed.

);

7) antiguo comandante adjunto de la 60ª División de Fusiles de Montaña del Frente Sur, comisario de regimiento Kurochkin;

8) antiguo comandante de la 30ª División de Fusiles (correctamente - división de fusiles de montaña. -

Ed.

) del Frente Sur, el general de división Galaktionov;

9) antiguo comandante adjunto de la 30ª División de Infantería del Frente Sur, comisario de regimiento Eliseev.

Rindiendo homenaje a los gloriosos y valientes soldados y comandantes que se cubrieron de gloria en las batallas contra los invasores fascistas, el Comité de Defensa del Estado advierte al mismo tiempo que continuará reprimiendo con mano de hierro cualquier manifestación de cobardía y desorganización en las filas del Ejército Rojo, teniendo en cuenta que la férrea disciplina en el Ejército Rojo es la condición más importante para la victoria sobre el enemigo.

El Comité de Defensa del Estado exige a los comandantes y a los trabajadores políticos de todos los rangos que refuercen sistemáticamente la disciplina y la organización en las filas del Ejército Rojo, que inspiren a los soldados a grandes hazañas con su ejemplo personal de valentía y coraje, que impidan que los pánicos, los cobardes y los desorganizadores difamen la gran bandera del Ejército Rojo y los traten como violadores del juramento y traidores a la Patria.

Presidente del Comité de Defensa del Estado

I. Stalin

A los comandantes en jefe, consejos militares de frentes y ejércitos, comandantes de distritos militares, comandantes de cuerpos y divisiones. Esta resolución del Comité de Defensa del Estado debe ser leída en todas las compañías, baterías, escuadrones, escuadrones aéreos.

Órganos de Seguridad del Estado de la URSS en la Gran Guerra Patria. Colección de documentos. t. 2. Libro 1. Comienzo: 22 de junio - 31 de agosto de 1941 M., 2000. p. 332-335.

RGASPI. f. 644. Op. 1. D. 3. L. 95-96.