La experiencia de la lucha contra el fascismo alemán ha demostrado que en nuestras divisiones de fusileros hay no pocos elementos presa del pánico y directamente hostiles que, ante la primera presión del enemigo, arrojan las armas, empiezan a gritar: «¡Estamos cercados!» y arrastran consigo al resto de los combatientes.

Como resultado de tales acciones de estos elementos, la división se da a la fuga, abandona la parte material y luego comienza a salir del bosque en solitario. Fenómenos similares tienen lugar en todos los frentes. Si los comandantes y comisarios de tales divisiones estuvieran a la altura de su tarea, los elementos alarmistas y hostiles no podrían imponerse en la división. Pero la desgracia está en que no tenemos tantos comandantes y comisarios firmes y estables.

Con el fin de prevenir los fenómenos indeseables arriba señalados en el frente, el Cuartel General del Mando Supremo ordena:

1. Disponer en cada división de un destacamento de barrera compuesto por combatientes fiables, con una dotación no superior a un batallón (a razón de 1 compañía por regimiento de fusileros), subordinado al comandante de la división y que disponga, además del armamento ordinario, de medios de transporte en forma de camiones y algunos tanques o vehículos blindados.

2. Considerar tareas del destacamento de barrera la ayuda directa al personal de mando en el mantenimiento e instauración de una disciplina firme en la división, la detención de la huida de los militares presa del pánico, sin detenerse ante el empleo de las armas, la liquidación de los iniciadores del pánico y la huida, el apoyo a los elementos honestos y combativos de la división, no sujetos al pánico, pero arrastrados por la huida general.

3. Obligar a los trabajadores de las secciones especiales y al personal político de las divisiones a prestar toda clase de ayuda a los comandantes de las divisiones y a los destacamentos de barrera en la tarea de fortalecer el orden y la disciplina de la división.

4. Completar la creación de los destacamentos de barrera en un plazo de cinco días a partir del día de recepción de la presente orden.

5. Informar sobre la recepción y ejecución por los comandantes de las tropas de los frentes y ejércitos.

Cuartel General del Mando Supremo

I. Stalin

B. Sháposhnikov

Órganos de la seguridad estatal de la URSS en la Gran Guerra Patria. Colección de documentos. T. 2. Libro 2. Inicio: 1 de septiembre — 31 de diciembre de 1941. M., 2000. Págs. 85–86.

Archivo Central del Ministerio de Defensa de la Federación de Rusia F. 251. Inv. 646. Exp. 465. Fol. 231–233.