1) Distribución de funciones entre los miembros del Comité Estatal de Defensa

Camarada Mólotov V.M. Control sobre el cumplimiento de las decisiones del GOKO (lo mismo que GKO. – Ed.) sobre la producción de tanques y preparación de las cuestiones correspondientes.

A los camaradas Malenkov G.M. y Beria L.P. a) Control del cumplimiento de las decisiones del GOCO sobre la producción de aviones y motores y preparación de las cuestiones correspondientes; b) Control del cumplimiento de las decisiones del GOCO sobre el trabajo de las Fuerzas Aéreas del Ejército Rojo (formación de regimientos aéreos, su traslado oportuno al frente, cuestiones organizativas y cuestiones salariales) y preparación de las cuestiones correspondientes.

Al camarada Malenkov, G. M. El control sobre el cumplimiento de las decisiones del Comité Estatal de Defensa (GOKO) en lo referente al Estado Mayor de las unidades de morteros del Cuartel General del Alto Mando Supremo y la preparación de las cuestiones correspondientes.

Camarada Beria L.P. Control del cumplimiento de las decisiones del GOKO sobre la producción de armamento y morteros y preparación de las cuestiones correspondientes.

Camarada Voznesenski N.A. a) Control del cumplimiento de las decisiones del Comité Estatal de Defensa sobre la producción de municiones y preparación de las cuestiones correspondientes; b) Control del cumplimiento de las decisiones del Comité Estatal de Defensa sobre la metalurgia ferrosa y preparación de las cuestiones correspondientes.

Al camarada Mikoyán A. I. Control del suministro del Ejército Rojo (vestuario, provisiones, combustible, dinero y artillería) y preparación de las cuestiones correspondientes.

Poner bajo el control del miembro del Comité Estatal de Defensa, camarada Mikoyán, todos los órganos de abastecimiento del Comisariado del Pueblo de Defensa en todos los tipos de suministro y transporte.

Aprobar como suplente del miembro del Comité Estatal de Defensa, camarada Mikoyán, para el abastecimiento de artillería al camarada Yákovlev.

2. Cada miembro del Comité Estatal de Defensa debe tener un suplente encargado de controlar el cumplimiento por parte de los comisariados del pueblo de las decisiones del Comité Estatal de Defensa en el sector de trabajo que le ha sido encomendado.

Presidente del Consejo de Estado

Comité de Defensa

J. STALIN

Fuente. 1995. № 2